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Paso 1: Cumplimentación y pago del modelo 650
Como primer paso, debe acceder a la aplicación para la cumplimentación del modelo 650 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y cumplimentar el modelo. Si necesita asistencia, pueden llamarle pidiendo cita al servicio de ayuda a la cumplimentación (SAVI).
Una vez rellenados los campos necesarios:
4. Presentar. Para la presentación, dispone de dos opciones:
- Presencial: En la oficina que le corresponda (Consulta de oficinas).
Nota: Si la oficina que le corresponde es una de las delegaciones de la Agencia Tributaria Valenciana en Alicante, Castellón o Valencia, puede solicitar cita previa. - Telemática: Paso 2 del proceso.
Acceso a la aplicación de cumplimentación del modelo 650.
Instrucciones de cumplimentación del modelo 650.
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Paso 2: Presentación telemática modelo 650
Este paso se realiza de forma telemática, y con las siguientes características a tener en cuenta.
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Es necesario el uso de certificado digital.
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Debe ser presentado por:
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El sujeto pasivo, por lo que en el modelo cumplimentado en el paso 1, el sujeto pasivo (casilla 5) y el presentador (casilla 33), deben ser coincidentes. En este caso el certificado con el que se accede a la plataforma será el del sujeto pasivo.
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El representante:
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Por lo que en el modelo cumplimentado en el paso 1, el sujeto pasivo (casilla 5) y el presentador (casilla 33), no serán coincidentes. En este caso el certificado con el que se accede a la plataforma será el del representante y debe coincidir con el de la casilla 33.
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Debe constar en el registro de representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV), la adhesión solicitada por el presentador, o la representación otorgada por el comprador al representante en el trámite "Declaración modelo 650 - (Sucesiones)". Mas información.
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Si ya se ha realizado el pago de la autoliquidación a través de la plataforma de pagos de la Generalitat Valenciana, o si ha pagado en el banco (por ventanilla o banca electrónica) y han transcurrido al menos 2 días, será detectado y no se le solicitará el pago de la misma.
- Debe tener preparada la documentación en formato digital para aportarla.
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A.- Es obligatoria la aportación del original y copia del documento judicial, administrativo o privado comprensivo del hecho imponible sujeto al impuesto. Sin embargo, no es obligatoria la aportación del documento notarial (Orden 10/2015, de 27 de mayo, de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, por la que se suprime la obligación de aportar determinada documentación complementaria junto con la presentación de la autoliquidación por los impuestos sobre transmisiones y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones).
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B.- En los supuestos en que el sujeto pasivo no haya realizado previamente operaciones con trascendencia tributaria en España, autorización cumplimentada para el acceso a los datos personales de identidad o, en su defecto, original del NIF o NIE. En el caso de constitución de personas jurídicas, NIF provisional expedido por la AEAT o fotocopia del modelo 036 de alta.
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C.- Certificación catastral correspondiente al año de la transmisión de cada uno de los bienes inmuebles incluidos en la transmisión, si no estuviera protocolizada en el documento notarial.
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Para presentar debe:
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Contacto asistencia técnica/incidencias
- Horario de servicios web
- Servicio SAVI, cita telefónica para la asistencia técnica y resolución de incidencias informáticas.
- Dispone de un formulario de contacto, seleccione "Cuestiones informáticas" e indique un horario aproximado para contactarle.
- Soporte para incidencias informáticas: CAU Administración electrónica 961613199 (horario de 8 a 19h)
- Medios de acceso habilitados en la plataforma de tramitación de la Generalitat Valenciana.