Tributos sobre el juego

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Tributo relativo a los juegos de suerte, envite o azar

De acuerdo con la Ley 1/2020, se entiende por:

  • Juegos propios de casinos de juego: aquellos que figuren como exclusivos en el catálogo de Juegos o regulados en las disposiciones de desarrollo de la Ley 1/2020. Estos juegos solo podrán practicarse en los establecimientos autorizados como casinos de juego. 

  • Juego del bingo: en sus diversas modalidades, sólo puede practicarse en las salas expresamente autorizadas al efecto, con cartones homologados oficialmente y cuya venta habrá de efectuarse dentro de la sala donde el juego se desarrolla. 

  • Máquinas recreativas o de azar: aparatos manuales o automáticos que a cambio de un precio, conceden a la persona usuaria un tiempo de uso o de juego, y la posibilidad de la obtención por éste de un premio. Se clasifican en máquinas de tipo A, de tipo B con premio programado, y de tipo C.

Seleccionando la opción correspondiente de las que se presentan a su derecha, podrá conocer los aspectos básicos de la tributación de estas modalidades de juego, reguladas en los artículos 83 a 99 de la Ley 1/2020. No obstante, comparten una serie de disposiciones generales que se exponen a continuación y que son aplicables a todas las modalidades de juego, sin perjuicio de las especialidades que algunas de ellas presentan. 

Hecho imponible

Autorización, celebración u organización de juegos de suerte, envite o azar, cuando el hecho imponible se realice en el territorio de la Comunitat Valenciana. 

Devengo

Momento en que se conceda la autorización, o en defecto de esta, en el momento de la organización o celebración del juego.

Consulte las especialidades para el caso de actividades de juego de bingo distinto al electrónico, los casinos de juego y la explotación de máquinas recreativas y de azar. 

Plazo de presentación

Mes siguiente al vencimiento del mes natural en que se produce el devengo. Si el último día resultara inhábil, el plazo finalizará el día hábil inmediato siguiente.

Consulte las especialidades para el caso de actividades de juego de bingo distinto al electrónico, los casinos de juego y la explotación de máquinas recreativas y de azar. 

Sujeto pasivo

Personas físicas o jurídicas entre cuyas actividades se incluyan la celebración de actividades gravadas por el tributo.

Son responsables solidarios los dueños y empresarios de los locales donde se celebren los juegos de suerte, envite o azar. 

Base imponible

Ingresos brutos, definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que se pueda obtener directamente derivado de su organización o celebración.

Consulte las especialidades en el caso de los juegos de bingo electrónico y distinto al electrónico y para los casinos de juego.

Cuota íntegra

Resultado de aplicar a la base imponible un tipo de gravamen del 25%.

Consulte las especialidades para el caso de actividades de juego de bingo distinto al electrónico, los casinos de juego y la explotación de máquinas recreativas y de azar.