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¿Qué es el registro de representantes?
El objetivo del Registro de Representantes es posibilitar la representación de personas físicas y jurídicas en los procedimientos administrativos de carácter electrónico de igual forma que pueden ser representados por un tercero en procedimientos tradicionales en papel.
La existencia de este registro permite que los procedimientos administrativos que, de acuerdo con la legislación sobre administración electrónica se pueden realizar de forma electrónica, puedan ser tramitados por terceras personas en nombre de otras. Se consigue así facilitar a los ciudadanos y empresas el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, sin merma de la posibilidad de ser representado por vía electrónica de igual forma que puede ser representado por un tercero en procedimientos tradicionales en papel.
Hay dos maneras de obtener la representación:
- Mediante el otorgamiento individual por la persona representada.
- Con la adhesión a un convenio de colaboración firmado por un colegio, asociación profesional o entidad.
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¿Como otorgo la representación a mi representante?
1.- La representación la otorga el representado al representante. Para ello, el representado debe acceder con certificado digital al registro de representantes.
2.- Una vez ha accedido con certificado digital, debe seleccionar "Quien me representa" y posteriormente "Dar de alta una representación".
3.- Deberá rellenar los datos del representante, el periodo de vigencia de la representación (con indicación de capacidad de firma), y seleccionar el alcance "Parcial".
4.- Deberá buscar "por procedimiento", el procedimiento para el que desea otorgar la representación.
Procedimientos Disponibles:
Procedimiento | Buscar por |
---|---|
10- Declaración modelo 650 - (Sucesiones) | Impuesto sobre Sucesiones |
12- Declaración modelo 620 (Compraventa de vehículos) | Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados |
15411- Declaración modelo 600 - (Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) | Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados |
1621- Solicitud del certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias | Solicitud del certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias |
22159- Declaración informativa por quienes organicen subastas de bienes muebles | Declaración informativa por quienes organicen subastas de bienes muebles (ITPYAJD) |
20152- Censo y notificaciones electrónicas de actuaciones y procedimientos de la ATV | Notificación electrónica Agencia Tributaria Valenciana (ATV) |
5.- Por último deberá, "Aceptar y volver"
Y autorizar.
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Representación mediante convenio de colaboración
- Los colegios, asociaciones profesionales y entidades que han suscrito convenio de colaboración debe designar administrador de la plataforma y comunicarlo a la ATV, que les confirmará el alta por correo electrónico.
- El colegiado, asociado o miembro de la entidad interesado, ya sean personas físicas o jurídicas, deberá solicitar a su colegios, asociaciones profesionales o entidades el alta en el registro electrónico de representantes mediante la presentación del modelo de adhesión cumplimentado.
- El administrador de la plataforma deberá dar de alta a los colegiados, asociados o miembros que lo hayan solicitado en el Convenio (manual de alta).
- A partir de este momento, los colegiados, asociados o miembros podrán tramitar telemáticamente tanto por la plataforma sar@-5 como la de tramitación electrónica individual (e-Sirca).