Devolución sobre Fianzas
¿Cómo justifico el depósito de la fianza de una vivienda alquilada ante la AEAT?
¿Cómo recupero una fianza depositada en la Cámara de la Propiedad Urbana por medio de Papel Fianza?
¿Cómo recupero una fianza depositada?
Deberá solicitar la devolución mediante el procedimiento telemático si la fianza fue depositada telemáticamente con un modelo 816 u 817 para la actualización de la fianza.
Podrá optar por recuperar la fianza o bien telemáticamente, o bien presencialmente en el banco donde fue depositada, cuando utilizó para su depósito un modelo 806 u 807 para la actualización de la fianza.
¿De qué plazo dispone el arrendador para devolver la fianza la persona arrendadora?
De un mes desde la fecha de entrega de llaves (Art. 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos).
¿En qué plazo se devolverá el depósito de fianza?
Tengo que recuperar una fianza, pero el titular ha fallecido...
El actual titular del inmueble arrendado deberá aportar el documento público que acredite la titularidad de la persona arrendadora para recuperar la fianza.
En este caso, deberá solicitar la devolución telemática de la fianza. No deberá aportar ninguna documentación, solo cumplimentar la solicitud de devolución. En caso de desconocer el número del 806 u 807 para la actualización de la fianza, deberá contactar con fianzastelematicas@gva.es solicitando el número de su fianza y aportando el contrato de arrendamiento para su comprobación.
¿Quién puede solicitar la devolución de la fianza?
La persona arrendadora o propietaria del inmueble o su representante si está inscrito en el registro de representantes, podrá solicitar la devolución de la fianza ingresada, a partir del momento en que el contrato de alquiler se haya extinguido.
Tanto en la devolución telemática como en la presencial, debe aportar la Nota Simple del Registro de la Propiedad donde conste la nueva persona titular, o la copia de la escritura de compraventa que acredita la titularidad del inmueble, así como su DNI, CIF o NIE