Censo y notificaciones electrónicas de actuaciones y procedimientos de la ATV

Censo de notificaciones electrónicas

Este trámite se realiza de forma telemática, mediante los siguientes pasos:

 

1. Acceda mediante los medios habilitados por la plataforma de tramitación de la Generalitat Valenciana.

 

Paso 1, acceso al trámite

 

 
 

2. El primer paso de la tramitación será la cumplimentación del formulario, donde simplemente debe indicar si actúa en nombre propio o como representante.

Paso 3, formulario

2b. Si actúa como representante indíquelo, el sistema está conectado con el Registro de Representantes de la ACCV, por lo que debe constar la representación realizada por el representado al representante en el trámite "Censo de notificaciones electrónicas". Más intormación.

Esta representación abarca:

  1. Posibilidad de dar de alta/baja/modificación en el censo de notificaciones electrónicas del representante al representado
  2. Consulta de notificaciones electrónicas enviadas por la Agencia Tributaria Valenciana relativas a actuaciones y procedimientos tributarios del sujeto representado.

No es necesario aportar documentación adicional. Cuando rellene los campos, podrá continuar al siguiente paso.

Paso 4 representación

 

3. En el apartado C, indique la operación que quiere realizar

 

Paso 5 tipo de acción

1.- Alta. Si se quiere dar de alta en el censo de notificaciones electrónicas y recibir las notificaciones de la ATV por medios electrónicos.

2.- Baja. Si desea darse de baja en el censo de notificaciones electrónicas y dejar de recibir únicamente las notificaciones de la ATV por medios electrónicos.

Cuando la persona sea obligada, por estar dado de alta en el censo de notificaciones electrónicas de la ATV tras haber recibido la comunicación de inclusión en el censo, y solicita la baja, deberá especificar un motivo y podrá indicar el domicilio postal en el que prefiere recibir la resolución resultante de dicha operación.

3.- Modificación. Si desea modificar los días de no depósito, es decir, si desea indicar los días que no quiere recibir notificaciones electrónicas sin darse de baja en el censo.

Dichos días de no depósito vienen regulados por el artículo 9 del Decreto 39/2021, de 12 de marzo, del Consell, de regulación de las notificaciones y comunicaciones administrativas electrónicas de la Agència Tributària Valenciana.

 

Periodos de no depósito

 

 

Presione Enviar para validar. Puede continuar al siguiente trámite.

Validar

4. Adjuntar documentación.

            En los casos en los que se solicite la baja de un obligado se deberá adjuntar la documentación necesaria que justifique la solicitud de dicha baja.

Adjuntar documentación

5. Proceda a registrar la solicitud.

 

Registrar

 

6. Cuando finalice el registro, dispondrá de un justificante de presentación.

En la carpeta ciudadana del/de la presentador/a, (y del representado/a si actúa con representante) encontrará:

  • La resolución de inclusión en el censo, la resolución de exclusión en el censo o el señalamiento de días de no disposición.
  • Justificante de presentación en la plataforma de tramitación.

 

 

 

 

Acceso a la plataforma de tramitación

Acceso a la Carpeta Ciudadana

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