IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración (devengos 2023 y sucesivos)

  1. Inscribirse en el censo
  2. Efectuar la autoliquidación de residuos

Está opción solo es aplicable para el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos en devengos a partir de 2023 inclusive. Para ello, debe:

  1. Efectuar la declaración censal en el trámite propio y avanzar hasta registrarlo:
    1. Acceder mediante certificado digital al trámite
    2. Seleccionar la acción a realizar, la actividad y el resto de campos como el NIMA:
    3. Rellene el formulario de códigos de residuos:
    4. Anexe los documentos obligatorios y opcionales:
    5. Registre
  2. Cumplimentar, pagar y registrar la autoliquidación que corresponda en cada periodo. Tiene a la derecha la opción ya disponible.

Resto de Impuestos Medioambientales

  1. Generar el modelo
  2. Pagar, su caso, la autoliquidación
  3. Presentar el modelo PDF

Utilice esta opción para el resto de impuestos medioambientales, así como para devengos del Impuesto sobre eliminación de residuos en vertederos, incineración y la coincineración y valorización energética producidos hasta 2022 inclusive.

  1. Generar la autoliquidación o la declaración censal.
  2. Pagar, en su caso, el impuesto por la pasarela de pagos, a la que le conduce el asistente.
  3. Presentar la autoliquidación en el registro electrónico de la ATV. Para realizar este trámite es imprescindible disponer de certificado digital.