Model 651

Por internet

  1. Generar la autoliquidación
  2. Pagar la autoliquidación
  3. Presentar la autoliquidación
  1. Generar la autoliquidación con el programa de ayuda. Si necesita información, ayuda a la cumplimentación o asistencia, la ATV le llama.
    Nota: El programa contempla únicamente la normativa vigente, cualquier cambio legislativo publicado en el DOGV ha sido incorporado según contemple la norma.
  2. Pagar, si procede, el impuesto por la pasarela de pagos a la que le conduce el propio programa de ayuda.
  3. Presentar la autoliquidación en la plataforma de tramitación, introduciendo el número de documento previamente generado en el punto 1, y aportar, en formato digital, la documentación exigida por la norma (registrar). Para realizar este trámite es imprescindible disponer de certificado digital.

     

Presencial

  1. Generar la autoliquidación
  2. Pagar la autoliquidación
  3. Presentar la autoliquidación
  1. Generar la autoliquidación con el programa de ayuda. Si necesita asistencia a la cumplimentación, puede solicitar cita presencial o la ATV le llama.
    Nota: El programa contempla únicamente la normativa vigente, cualquier cambio legislativo publicado en el DOGV ha sido incorporado según contemple la norma.
  2. Pagar, si procede, el impuesto por la pasarela de pagos a la que le conduce el propio programa de ayuda; o en entidad colaboradora o punto de Correos, previa impresión del modelo rellenado.
  3. Presentar la autoliquidación y la documentación adicional requerida. Puede solicitar cita previa.